NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD – NIC´S


1.        ORIGEN Y OBJETIVO DE LAS NORMAS  INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

Las Normas Internacionales de Contabilidad NIC´S, son pronunciamientos profesionales que establecen la forma de preparación y presentación de los estados financieros, buscando homogenizar el lenguaje contable universal.

Las NIC´S son emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) y aprobadas por la Federación Internacional de Contadores Públicos (IFAC). La Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú como miembro del IFAC, tiene la responsabilidad de divulgar y promover la aplicación correcta de las NIC´S en nuestro medio.

2.           MARCO LEGAL DE APLICACIÓN OBLIGATORIA EN EL PERU DE LAS NIC´S

De acuerdo al Artículo 223º de la Ley General de Sociedades, se establece que los estados financieros deben ser preparados y presentados de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el país.

Al respecto, el Consejo Normativo de Contabilidad, mediante Resolución No. 13-98, de fecha 17 de julio de 1998, precisa que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, comprende substancialmente, a las Normas Internacionales de Contabilidad – NIC´S y por excepción, supletoriamente, se podrán emplear los principios de contabilidad aplicados en los Estados Unidos de Norteamérica (FAS). Posteriormente el mismo Consejo, mediante Resolución No. 15-98 de fecha 14 de diciembre de 1998, indica que son aplicables a partir del 1º de enero de 1998.

3.        RESPONSABILIDAD LEGAL Y SANCIONES POR LA
NO APLICACIÓN DE LAS NIC´S

Actualmente existen normas legales que responsabilizan en lo civil y penal a los Directores, Gerentes y Contadores Públicos en la correcta preparación y presentación de la información financiera.

RESPONSABLES

RESPONSABILIDAD LEGAL Y SANCIONES

 

DIRECTORES

 

LEY GENERAL DE SOCIEDADES – ART. 175º

“El Directorio debe proporcionar a los accionistas y al público las informaciones suficientes, fidedignas y oportunas que la ley determine con respecto de la situación legal, económica y financiera de la Sociedad”.

 

LEY GENERAL DE SOCIEDADES – ART. 177º

 

“Los Directores responden, ilimitada y solidariamente ante la Sociedad, los accionistas y los terceros por los daños y perjuicios que causen por los acuerdos o actos contrarios a la Ley, al estatuto o por los realizados con dolo, abuso de facultades o negligencia grave”.

 

CODIGO CIVIL – ART. 1321º

 

“Queda sujeto a la indemnización de daños y perjuicios quien no ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve”.

 

CODIGO PENAL – ART. 198º

 

Se establece pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro año al que, en su condición de miembro del Directorio de una empresa realiza, en perjuicio de ella o de terceros, actos que oculten la verdadera situación de la empresa, falseando los balances, reflejando u obteniendo en los mismos, beneficios o pérdidas o usando cualquier  artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables.

 

 

GERENTE Y/O ADMINISTRADOR

 

LEY GENERAL DE SOCIEDADES – ART. 190º

 

“El Gerente responde ante la Sociedad, los accionistas y terceros, por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave”.

 

LEY GENERAL DE SOCIEDADES – RT. 196º

“Las pretensiones civiles contra el Gerente no eliminan la responsabilidad penal que pueda corresponderle”.

 

 

CONTADOR PUBLICO

 

RESOLUCION No. 8 DEL CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD

 

Mediante Resolución No. 008-97-EF/9301 del 23 de enero de 1997, el Consejo Normativo de Contabilidad, precisó las obligaciones que debe cumplir el Contador Público cuando actúe profesionalmente en función dependiente o independiente.  Precisó, además, que cuando el Contador Público, no cumpla con las aludidas obligaciones, incurre en el comportamiento de culpa inexcusable a que se refiere el Código Civil

 

CODIGO CIVIL – ART. 1762º

 

Si la prestación de servicios implica la solución de asuntos profesionales o de problemas técnicos de especial dificultad, el prestador de servicios no responde por los daños y perjuicios, sino en caso de dolo o culpa inexcusable.

 

4.       CONCLUSIONES

 

·         En el Perú, los principios de contabilidad generalmente  aceptados a ser aplicados en la elaboración y presentación  de los estados financieros de las empresas, son las Normas Internacionales de Contabilidad – NIC´S y sus Interpretaciones - SIC.

·         En el Perú la no aplicación y la inobservancia de las Normas Internacionales de Contabilidad NIC´S en la preparación y presentación de los estados financieros de las empresas, responsabiliza en lo civil y penal al Directorio, al Gerente y al Contador Público.

·         Con la globalización de los negocios y la internacionalización de las transacciones económicas es muy importante, que las empresas elaboren y presenten sus estados financieros, aplicando las Normas Internacionales de Contabilidad NIC´S, pues tendrán su información financiera adaptada a requerimientos de inversionistas extranjeros.


NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
OFICIALIZADAS VIGENTES EN EL PERÚ

NIC N°

TÍTULO

Versión

Resolución de CNC N

Vigencia a partir de

 

Prefacio a los Pronunciamientos sobre Normas Internacionales de Contabilidad y el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros

 

005-94-EF/93.01

1 de enero de 1994

1

Presentación de Estados Financieros

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

2

Existencias

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

7

Estado de Flujos de Efectivo

Modificada en 1992

005-94-EF/93.01

1 de enero de 1994

8

Políticas Contables, cambios en estimaciones contables y errores

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

10

Sucesos Posteriores a la Fecha del Balance General

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

11

Contratos de Construcción

Modificada en 1993

007-96-EF/93.01

1 de enero de 1996

12

Impuesto a la Renta

Modificada en 2000

028-2003-EF/93.01

1 de enero de 2003

16

Inmuebles, Maquinaria y Equipo

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

17

Arrendamientos

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

18

Ingresos

Modificado en 1993

007-96-EF/93.01

1 de enero de 1996

19

Beneficios a los Trabajadores

Modificada en 2000

028-2003-EF/93.01

1 de enero de 2003

20

Tratamiento Contable de los Subsidios Gubernamentales y Revelaciones Referentes a la Asistencia Gubernamental

REordenada en 1994

005-94-EF/93.01

1 de enero de 1994

21

Efectos de las Variaciones en los Tipos de Cambio de Monedas Extranjeras

Modificada en 2003

038-2005-EF/93.01

1 de enero de 2007

23

Costos de Financiamiento

Modificada en 1993

007-96-EF/93.01

1 de enero de 1996

24

Revelaciones Sobre Entes Vinculados

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

26

Tratamiento Contable y Presentación de Información sobre Planes de Prestaciones de Jubilación

Reordenada en 1994

005-94-EF/93.01

1 de enero de 1994

27

Estados Financieros Consolidados e individuales

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

28

Inversiones en Asociadas

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

29

Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias

Reordenada en 1994

005-94-EF/93.01

1 de enero de 1994

31

Participaciones en Asociaciones en Participación

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

32

Instrumentos Financieros: Presentación

Modificada 2006

040-2008-EF/94

1 de enero de 2009

33

Utilidades por Acción

Modificada en dic. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

34

Informes Financieros Intermedios

ORIGINAL

014-98-EF/93.01

1 de enero de 1999

36

Deterioro del Valor de los Activos

MODIFICADA EN MARZO 2004

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

37

Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes

ORIGINAL

019-00-EF/93.01

1 de enero de 2000

38

Activos Intangibles

MODIFICADA MARZO 2004

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

39

Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición

MODIFICADA 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

40

Inversiones Inmobiliarias

MODIFICADA EN DIC. 2003

034-2005-EF/93.01

1 de enero de 2006

41

Agricultura

ORIGINAL

024-2001-EF/93.01

1 de enero de 2003

 



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Para Recordar:
"Para cambiar es
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para saber hay que
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Samuel Aun Weor
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LA NIC 16 INMUBELES
MAQUINARIA Y
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DE LA NORMA Y SU
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ATTE. RONALD
HUACCA DIRECTOR
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